IMPUESTOS ASOCIADOS A LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES Y COMO MINIMIZARLOS.

noviembre 18, 2025 by Puebla Camacho BR

La compraventa de un inmueble en México implica impuestos tanto para el vendedor como para el comprador, siendo los principales el Impuesto Sobre la Renta ISR para el vendedor como el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles ISAI para el comprador.

IMPUESTOS ASOCIADOS A LA COMPRAVENTA DE INMUEBLES EN MÉXICO.

           

Vendedor: Impuesto: ISR por Ganancia Ocasional       

Se paga sobre la utilidad o ganancia obtenida por la venta y el costo de adquisición actualizado y las deducciones permitidas.

Comprador:  Impuesto sobre Adquisición de Inmueble ISAI o Impuesto de Taslado de Dominio.

Es un impuesto local que varía según el Estado.                          

Gastos Notariales: Incluyen honorarios del Notario, derechos de registro público de la propiedad, avalúos,  certificados etc.  Aproximadamente el 85% del pago a la Notaria corresponde a impuestos  y derechos, el resto a  honorarios.

Comprador: IVA Impuesto al Valor Agregado.

Si el inmueble se utiliza Para fines comerciales

CAMACHO BIENES RAICES esta siempre pendiente del proceso de Compra Venta y te asesora para cuando es factible excentar el ISR.

CUANDO ES FACTIBLE QUE EXCENTE EL ISR LA PARTE VENDEDORA:

1.- Exención del ISR (solo en casa habitación)

Se puede exentar el pago del ISR sobre la ganancia de la venta si se cumplen los siguientes requisitos:

Acreditación de Residencia: Demostrar que el inmueble fue la residencia habitual del vendedor mediante documentos como la credencial para votar con el domicilio del inmueble, estados de cuenta bancarios o de servicios (luz, agua, teléfono fijo) a nombre del vendedor (o cónyuge, ascendientes o descendientes) con echas recientes y recurrentes.

Limite Exento: La exención aplica hasta por un monto de 700,000 Unidades de Inversión UDIS por contribuyente. Para 2025, esto equivale aproximadamente $5.8 millones de pesos mexicanos (la cifra exacta varía con el valor de la UDI.

Periodicidad: Este Beneficio solo se puede aplicar una vez cada tres años.

Copropiedad: Si el inmueble pertenece a varios dueños (ejem. Matrimonio en Sociedad conyugal) cada copropietario tiene derecho a exentar su parte proporcional hasta el límite de 700,000 UDIS.

2.- Deducciones Autorizadas (si no aplica la exención o por el excedente)

Si la Exención no aplica o el valor de la vente excede el límite, se puede reducir la base gravable (la ganancia sobre la cual se calcula el ISR) mediante deducciones:

Costo de Adquisición: El precio original de compra del inmueble, actualizado por inflación.

Inversiones y mejoras: Gastos de construcciones, mejoras o ampliaciones (no incluye mantenimiento) se deben contar las facturas CFDI correspondientes.

Gastos Notariales: Honorarios y gastos de escrituración pagados al momento de la compra.

Comisiones Inmobiliarias: Pagadas por la venta.

Avalúos: Costo de Avalúos realizados para la operación.

3.-Asesoria Profesional

Consultar con un Notario Público o un asesor fiscal es crucial para asegurarse de cumplir con todos los requisitos fiscales y maximizar las exenciones y deducciones aplicables cada caso.

En CAMACHO BIENES RAICES protegemos tu patrimonio y te asesoramos con respecto a los impuestos y gastos en los que se incurre en una Compra- Venta.

¡TE ESPERAMOS!

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